Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

3 julio, 2017

Señor Juez

Hoy se citó a las partes para ser escuchadas, antes de sentenciar, en el proceso de acción de amparo que seguimos por concentración de medios. Los informes orales estuvieron a cargo de notables abogados. Nunca había informado ante una Corte (no soy litigante) pero quise hacerlo en nombre de los periodistas que nos hemos jugado por un principio, a costa de perder mucho.

Comparto el breve texto con el que se abrió la audiencia de hoy. Esperamos una sentencia antes de que se cumplan los 4 años de interpuesta la demanda, en noviembre próximo. 

Señor Juez:

El asunto a dilucidar en este proceso es si la operación comercial sujeta a su escrutinio ha violado el artículo 61 de la Constitución. Los periodistas demandantes consideramos que es así.

Las palabras puestas en nuestra Constitución están siempre dotadas de contenido, aun cuando no exista legislación de desarrollo. El acaparamiento de medios de prensa escrita, cometido por los demandados, nos afecta profundamente en tres niveles. En nuestro trabajo profesional, en la libertad de información de todos los lectores y, en consecuencia, en la forma democrática de gobierno.  Es decir, esta operación afecta a nuestro gremio, a la sociedad peruana y a la vida en democracia.

Desde el punto de vista de los periodistas demandantes, una cosa es renunciar a un periódico o ser despedido de éste y otra, muy distinta, es ser vetado en el acceso al 80% de la lectoría del país. Nuestras posibilidades de expresión se han visto reducidas por una operación comercial prohibida expresamente desde 1979 en nuestro orden constitucional. Nuestra demanda ha traído para varios de nosotros perjuicio. Estamos sujetos a una suerte de muerte civil en los medios que controlan los demandados por el mero hecho de esta demanda.  Esto, como es natural, amenaza el valor de la independencia periodística y promueve la autocensura de aquellos que no querrán, por justo temor, ser vetados en el 80% de la lectoría peruana. En ese orden de cosas, tocar temas que puedan molestar a un propietario oligopólico significa un riesgo para el periodista.

En consecuencia, sin independencia periodística, difícilmente se podrá servir a cabalidad el derecho de todos a ser informados. La información única, homogénea, sin matices, ni discrepancias, es la información que controlan dictaduras o autocracias. No es la información que se proporciona en democracia, la cual debe distinguirse por su pluralidad, por su diversidad, por el respeto de las minorías y a aquellos que tienen una perspectiva diferente. Si un solo grupo económico controla el 80% de la información escrita. ¿Qué posibilidad de escoger existe? Una muy reducida. ¿Y si esto continúa sin detenerse? Si no hay un límite, una sola persona podría controlar el 100% del flujo de información escrita en el Perú.

Contra este abuso se legisló en la Constitución de 1979, ratificándose en la Constitución de 1993.

Sólo agrego lo siguiente. ¿Qué pasaría, señor Juez, si fuera el Estado el que tuviera la conducta de los demandados y acaparará hoy el 80% o más de la prensa escrita? Estoy segura que los demandados se colocarían a nuestro lado demandando lo mismo que nosotros.

La Constitución homologa a Estado y a privados en esta materia. No hay diferencia. No se puede hacer comercialmente lo que venimos sufriendo desde hace casi cuatro años, como periodistas, ni cómo sociedad democrática. La Constitución nos ampara y le pedimos a usted concedernos ese amparo.

Gracias

 

Lima, lunes 3 de julio del 2017

 

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