Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

13 Octubre, 2016

Cuidado: esta entrevista lo puede desilusionar

Muchos quieren que ex Consejero Presidencial Carlos Moreno pague sus culpa “con todo el peso de la ley”. El problema, como he escrito tantas veces, es que la ley no pesa mucho. Es decir, no toda conducta inmoral esta tipificada como delito. Para que exista delito la conducta del sospechoso debe calzar perfectamente dentro de la conducta descrita en el Código Penal. Esa conducta penada se llama “tipo penal”. El principio de legalidad (herencia que viene de los romanos) obliga a que toda conducta no tipificada como delito no sea punible.

Lo he explicado otras veces, como en el caso de Nadine Heredia, donde pronto cumplirá dos años la investigación y hasta ahora ningún fiscal puede acusarla de lavado de activos. ¿Por qué? porque su conducta no calza en el tipo establecido. Y si se hace la acusación mal hecha, ésta se caerá en el proceso posterior. Es simple explicarlo aunque impopular escribirlo.

Esta vez, para evitar la lluvia de insultos -sobretodo de mis colegas periodistas que tienen cierta aversión a entender la ley – he invitado a una abogada penalista y profesora de la Universidad Cátolica, Romy Chang, para que explique porque la conducta de Carlos Moreno – repudiable, por cierto – no calza en los siete delitos imputados por la PCM en su denuncia a la Fiscalía.

Si es que la prueba – el audio – no se declara invalida, tal vez pueda ser procesado por tráfico de influencias o negociación incompatible. Sólo eso. Y ese es un “tal vez”. No hay seguridad alguna de que al final se logre una condena como verán en la entrevista.

No los quiero desilusionar pero la ley penal es compleja y entenderla no es fácil.  Sin embargo, si vamos a opinar sobre estas materias hay que hacerlo con propiedad. Hacerlo desde la ignorancia no ayuda.

 

 

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