Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

16 Septiembre, 2015

¿Comprar o no comprar? He ahí el dilema

Imagen: Canal N

¿Todo se compra, todo se vende?

El caso del despido/renuncia de Milagros Leyva a Canal N y América TV pone en consideración del público en general y de los periodistas en particular una pregunta ética que no es de fácil respuesta.

¿Se puede pagar por información? Al margen de las particularidades de éste caso, si se hace la pregunta en abstracto hay cuatro respuestas posibles.

a) Nunca

b) Siempre

c) La regla es que no se compra nunca, pero, excepcionalmente y bajo ciertas condiciones, se puede comprar.

d) La regla es que se compra siempre, pero excepcionalmente y bajo ciertas condiciones, no se debe comprar.

Las dos primeras son muy rígidas.  Un “nunca” y un “siempre” no dan lugar a dudas y el problema es que en ética lo primero que hay que resolver es una duda anterior. ¿A qué fin sirve el periodismo? ¿Al interés público? ¿A la verdad? ¿Colabora o no colabora ésta compra a estos fines? Si la compra colabora sustancialmente a estos fines, no puede haber absolutos. Se tiene que trabajar caso por caso.

Yo me inclino por la respuesta c) pero no todos mis colegas piensan así. Hay muchos que creen que lo excepcional es negarte a comprar y muy pocos, que nunca debe comprarse, aun cuando en otros países la respuesta “nunca” sería la más común.

En mi experiencia personal – 11 años de programas diarios en señal abierta y unos seis en cable, además de unos 12 de radio –  nunca he pagado por una información. Y no me vengan con el argumento de que no soy periodista de investigación (una especie de jerarquía celestial a la que sólo los autoelegidos tienen acceso) porque no tengo espacio para discutir mis méritos ni los prejuicios ajenos. De que cosa es investigar y cuantas horas de mi vida profesional le he dedicado, me ocupo en otra oportunidad.

Nunca compre información, primero, porque nunca me ha sido necesario para hacer un buen programa. Segundo, jamás conté con un presupuesto asignado por el medio para hacerlo. Tercero, porque siempre que hubo un intento mande a decir que no pagamos porque no había de donde.  Los programas que he dirigido han pagado movilidad, pasajes aéreos, hotel u alimentación en caso de traer a un periodista extranjero perseguido. Pero han sido casos excepcionales.

Los noticieros si suelen tener un presupuesto para comprar información policial. Videos, elementos de prueba, documentos de difícil acceso como necropsias, expedientes fiscales, etcétera. Pero estamos hablando de cifras que no pasan de los 1000 soles como máximo.

Creo que si ofreces dinero por información corres mayor riesgo de que te claven información falsa así que la cautela tendría que extremarse y eso obliga a contar con un equipo mas grande de verificación del que normalmente se tiene. De ahí el riesgo de esta práctica. Por eso me gusta muy poco y menos con los presupuestos diminutos con los que se hace prensa en el Perú.

Ahora bien , si se admite que se puede comprar con ciertas excepciones, ¿Cuáles serían estas?

a) Compra el medio, no el periodista. Por tanto la responsabilidad la asume el director periodístico y la medida es discutida en un comité. El periodismo – salvo el freelance o el de ésta bloguera patética – es un trabajo en equipo. Las decisiones las toma el equipo y las define, en ultima instancia el Director Periodístico. Con ese respaldo, el periodista puede garantizar que se está sirviendo al público y no a un interés distinto. Por eso, la casuística puede ser muy variada.

b) Se paga cantidades razonables por videos o fotos exclusivas cuyos autores pueden o no ser periodistas freelance o periodistas de algún lugar remoto que envían su material a cambio de una contraprestación legítima porque su trabajo les ha costado lograr esas imágenes o esa primicia.

c) Se paga cantidades razonables por documentos de difícil acceso, que aún siendo públicos, costaría muchísimo trabajo conseguir con un Habeas Data.

d) Se paga a personas que están en grave peligro de muerte, que tienen que proteger a su familia, salir de un lugar o perder su trabajo, todos hechos que les causaran enormes perjuicios por decir la verdad. Ese fue el caso, por ejemplo, de la fuente de los vladivideos.

d)  Y hay cosas que nunca se compran. Por ejemplo, no se compran entrevistas para que el entrevistado diga el guion que se le da a recitar. En el mundo del entretenimiento esto si sucede y es natural que sea así porque hay una actuación, un pacto previo para divertir al público. Pero prensa no tiene nada que ver con ese  mundo. La veracidad de un testimonio se basa en la libertad del testigo para poder hablar sin ningún condicionamiento económico.

No se compran secretos militares, porque el sólo hecho de difundirlos constituye delito contra la seguridad nacional y  traición a la patria. Del mismo modo que tampoco se puede pagar a un prófugo de la justicia para ayudarlo a fugar. Y aquí se tiene que hacer una recomendación. En caso de duda, el Director Periodístico debe hacer la consulta con un abogado. Es muy importante que un equipo de prensa tome la precaución de cuidar a sus miembros consultando a un penalista.

El caso de Milagros Leyva

Se puede entrevistar prófugos, si, pero cualquier acto que lo “sustraiga” de la justicia es considerado delito de encubrimiento personal. Y no es un delito con penas bajas, por el contrario. Dice el Código Penal:

Articulo 404 – Encubrimiento personal – El que sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni menor de seis años”.

Esta es la forma simple del delito. Sin embargo, cuando se ayuda a una persona que ha cometido ciertos delitos graves (terrorismo, secuestro, lavado de activos, etcétera)  a huir de la justicia, la pena se agrava y se eleva a una pena no menor de 7 ni mayor de 10 años. El caso de Martín Belaúnde Lossio es agravado.

Lamentablemente Milagros Leiva no comunicó sus actos a sus superiores jerárquicos, no hubo un debate interno y no pagó el medio. Eso hubiera sido prueba, al menos, de un trabajo periodístico y no de una acción personal.

Lo segundo, es que pago en Lima, luego de las entrevistas y a pocos días de la última fuga de Martín Belaúnde Lossio. Es decir, ya el trabajo periodístico público había sido realizado.

Lo tercero, es que los documentos por los que supuestamente pagó no han sido mostrados. No se sabe si existen porque primero los negó, explicando haber sido estafada,  pero luego cambió su versión. En todo caso no los puede enseñar. Eso ya lo declaró. Tampoco la ayuda el no poder mostrar un trabajo periodístico directamente relacionado al pago sea éste de 30,000 dólares o 60,000 dólares porque si tal trabajo nunca existió entonces el dinero sirvió para “sustraer” a Belaunde Lossio de la justicia. Y ahí esta la relación causal que puede establecer la fiscalía.

Sin embargo, hay que señalar que, por mas sigilo que tuviera Milagros Leiva, 4 viajes a Bolivia no debieron haber pasado desapercibidos para sus jefes. Uno o dos, tal vez. Para lo demás, siempre hay reporteros. ¿Pero cuatro viajes y nadie levantó la ceja? Ahí hay una responsabilidad interna que discutir. No sé si es la obsesión por el rating, pero si el sistema favorece estas conductas es bueno cuestionar  y debatir internamente que es lo que no esta funcionando en la televisión respecto a los deberes éticos de directores y de periodistas.

A pesar de un conjunto de agravios a múltiples personas – entre las que me ha incluido gratuitamente – creo que Milagros Leiva es la única responsable directa de lo que ha sucedido. No hay ni mordaza, ni ordenes de gobiernos, ni persecución colombiana. Sin embargo deseo, con toda honestidad, que el doctor César Nakasaki – un magnífico abogado – la convenza, cuando la investigación preliminar fiscal se inicie, de usar la excusa absolutoria. No hay vergüenza alguna en salvarse de la cárcel si la motivación fue de otra naturaleza.

Dice el Código Penal:

Artículo 406.- Excusa absolutoria. Están exentos de pena los que ejecutan cualquiera de los hechos previstos en los artículos 404 y 405 si sus relaciones con la persona favorecida son tan estrechas como para excusar su conducta.”

Relación estrecha puede ser matrimonio o parentesco, pero también amistad. Leyva ha declarado que tuvo muchas horas de conversación con su fuente. Puede alegar que se forjó una amistad tan estrecha,  que el dinero entregado, de forma personal, se debió al pedido de auxilio de un amigo al que no pudo fallar. Bastaría con eso para convencer al fiscal de archivar cualquier proceso en su contra. Eso es, al menos, lo que le deseo y espero.  Y eso es mucho, pero mucho mejor, que una condena severa por ayudar un amigo y negarse, por vergüenza a reconocer esa amistad.

20 de Setiembre:

Clara Elvira Ospina, Directora Periodística de América TV y Canal N me escribe por twitter señalado que nadie conocía el integro de viajes de Milagros Leyva a La Paz. Conocieron dos. Los otros dos se realizaron en secreto y fueron visitas privadas en fin de semana, los días sábados, a veces de apenas o menos de 24 horas. Cumplo con incluir la aclaración que salva la responsabilidad de la dirección.

En entrevista al abogado de César Nakasaki, ayer, éste advierte dos cosas de interés: a) Que Milagros Leiva tiene alguna documentación que ella no es capaz de calificar como prueba legalmente y b) Que Belaúnde Lossio es un sujeto manipulador. Interesantes afirmaciones, viniendo de su propio abogado.

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