Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

11 agosto, 2016

10 cosas que deben cambiar en el sistema de justicia #NiUnaMenos

¿Cómo hacemos para que #NiUnaMenos produzca un cambio real después de la marcha?

Aquí algunas sugerencias para trabajar una revolución pro mujer en el sistema de justicia:.

  1. ¿Dónde denunciar? Olvídense de la comisaría y del médico legista. Todo establecimiento de salud, sea público o privado, debe tener en el área de emergencia un médico acreditado y especializado en tratar casos de violación y toda clase de lesiones producto de violencia contra la mujer.  Se debe contar con el kit de violación (como se hace en Estados Unidos) que permite no solo identificar plenamente el acto de violación sino que también permite recoger muestras de semen, sangre, pelo para identificar por ADN al agresor o ratificar mediante esta prueba el testimonio de la víctima.
  2. El dictamen del médico es prueba plena del acto delictivo y el establecimiento de salud lo deriva directamente a la Fiscalía de turno, en el día, para su investigación mientras que la victima recibe la atención médica y psicológica que requiera sin moverse del lugar de atención.
  3. En el mismo establecimiento de salud se prestará atención psicológica y de asistencia social. Si es necesario y hay niños que pueden ser víctimas de violencia en el mismo entorno pueden ser retirados del hogar con intervención de la misma fiscalía y derivados, madre y niños,  a una casa de refugio en tanto pueda reorganizar su entorno con el soporte que debe recibir del Estado. Esto debe  realizarse en el mismo día de la agresión, sin importar la gravedad de ésta.
  4. Notificada la fiscalía, debe solicitar que la Policía detenga en flagarancia al autor y lo ponga a disposición del juez en el mismo día. El juez debe dictar una medida preventiva de detención. Durante el tiempo de  la detención y aún después de ella, el agresor esta obligado a un número de horas de terapia de resocialización, provista por el Estado, de acuerdo a su condición psicológica.
  5. La víctima debe ser interrogada UNA sola vez por el fiscal del caso, el cual filmará la declaración. Con ese testimonio se procederá a formular la acusación fiscal y el juez determinará las medidas iniciales. Durante el proceso penal la víctima esta eximida de ser confrontada con su agresor, bastando su testimonio ante el fiscal y las certificaciones médicas para emitir sentencia condenatoria.
  6. El Código Penal debe ser modificado en el caso de violencia contra la mujer. El esquema de lesiones leves y graves es inoperante. El daño no se puede medir sólo en días de  incapacidad para el trabajo, el daño es la humillación de ser golpeada. Si se puede condenar a 8 años a una persona por faltar el respeto a la autoridad policial, ¿no podemos tener un nuevo tipo penal para la falta de respeto a otro ser humano? ¿No bastan acaso los golpes en su cuerpo? Creo que un hombre que llena de moretones el cuerpo de una mujer, así estos se curen en pocos días, merece una condena ejemplar de un mínimo de 8 años. Otro tema legislativo es el de la prescripción. Esta debe eliminarse para abuso sexual cometido con menores de edad. No se le puede pedir a un niña traumatizada que denuncie apenas cumpla 18 años. Los plazos para aceptar lo que sucedió y denunciarlo no puede correr porque dependen de la recuperación del trauma sufrido por la víctima.
  7. La agredida puede hacer uso de la palabra durante el proceso, si así lo desea. Si no lo desea, será representada en todo momento por su defensa legal sin necesidad de estar presente en la sala. En caso de menores de edad el juez ordenará una sesión reservada, sin presencia del agresor, si estos menores desean hacer uso de la palabra.
  8. Jueces y fiscales que intervengan en estos procesos deben recibir un número mínimo de horas de capacitación para entender la dimensión multifactorial de la violencia de género y la implicancia de la impunidad en estos casos. Su propia  educación en la materia es vital para un cambio social sustancial.
  9. La Policía debe ser reeducada. Su deber es conducir a las víctimas a un centro de salud para que reciban atención física, psicológica y asistencia social. A través del diagnóstico certificado, coadyuvar a la fiscalía a la detención del agresor identificado por la víctima, de forma inmediata.
  10. La escuela, los vecinos, la comunidad, los medios de comunicación deben denunciar o promover que se denuncie. Los maestros y maestras, a través de sus directores,  deben notificar a la fiscalía de los casos de violencia física y sexual de los que tengan conocimiento.

Se que muchos protestaran por sólo exponer estas ideas. Pero no se trata de cuidarle el trabajo a los operadores de justicia, sino de ponerse en los zapatos de las víctimas. ¿Qué es lo que ellas necesitan con urgencia? ¿Hacer horas de cola en un médico legista o recibir atención médica? ¿Ser revictimizadas o tener verdadera libertad de denuncia? ¿Ser atendidas o ser discriminadas por ser mujeres?

Un cambio, eso es lo que necesitamos con urgencia real para que no sigamos viendo palizas devastadoras y sentencias diminutas.

 

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