Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

24 Julio, 2018

El fiscal electo, no ha jurado

UNO

Me escribe un abogado (no es mi “hermanito lindo”, ni “el amigo”, ni “el grandote”) que me presta una opinión sobre el fiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chavarry que me parece interesante y por ello, comparto:

“El doctor Pedro Chávarry no ha asumido el cargo de Fiscal de la Nación porque no ha juramentado ante el Presidente de la República. Y la razón de ello no es solamente que ha incumplido el mandato expreso del artículo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público que textualmente dice: “El Fiscal de la Nación presta juramento para ejercer el cargo ante el Presidente de la República”.

Esa ley manda lo que su texto dice por una razón constitucional evidente: el “Fiscal de la Nación” es, precisamente “de la Nación” y, según el artículo 110 de la Constitución, “El Presidente de la República (…)  personifica a la Nación”.

Entonces, las reglas constitucionales vigentes consisten en que el Fiscal Pedro Chávarry debe juramentar ante el Presidente de la República porque su cargo es de “Fiscal de la Nación” y quien constitucionalmente personifica a la Nación es el Presidente de la República. El artículo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público no manda que el juramento se haga ante el Presidente de la República por capricho: hay una razón constitucional y vigente muy poderosa para que sea así.

Es de lamentar que el Ministerio Público, una de cuyas funciones constitucionales más importantes es la “defensa de la Legalidad” (artículo 159 inciso 1 de la Constitución), incumpla el artículo 50 de su Ley Orgánica, que tiene fundamento en el artículo 110 de la Constitución, que por lo demás está plenamente vigente”.

DOS

Los argumentos que utiliza Pedro Chavarry para justificar que es Fiscal de la Nación se basan en lo siguiente:

a) La Constitución de 1993, posterior a la actual Ley Orgánica de Ministerio Público, establece que el Ministerio Público es autónomo y que su titular es elegido por la Junta de Fiscales Supremos.

b) La presencia del Presidente es protocolar. Su ausencia no puede ser un veto a la elección de la Junta de Fiscales.

c ) La derogatoria del articulo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico es tacita.

Los tres argumentos son falaces. Nadie discute la elección del Fiscal Chavarry. Ha sido elegido por mayoría. De eso no hay duda. Pero las instituciones no son una isla. El BCR es autónomo, pero su Presidente jura ante el Presidente de la Corte Suprema.

La presencia del Presidente de la República no es protocolar. Ha asistido a todas las juramentaciones anteriores de los fiscales de la nación. Su presencia es mandatoria y el acto jurídico no se completa si no se observa la forma prescrita por la ley.

Si no gusta hoy la ley, que la derogue el Congreso. Mientras tanto, no hay derogación tacita.

El acto de jura del cargo del viernes 20 de julio no cumplió con  los requisitos formales, es, por tanto, nulo. Y nulos son los actos de un fiscal electo que se arroga las funciones del Fiscal de la Nación sin serlo.

TRES

Los audios que ha revelado hoy el Canal N destruyen varias mentiras del Fiscal Chavarry:

a) Sí tiene cercanía con el Vocal Supremo Cesar Hinostroza Pariachi. Es falso que solo compartan la gestión de la Academia de la Magistratura.

b) Sí le gestionaron una reunión con prensa en casa de Antonio Camayo.  Su deseo de asistir y su presencia queda confirmada en los audios.

Resucitar el terrorismo en la puerta de la Clínica Ricardo Palma no le va a funcionar como distractor. El fiscal electo puede no haber cometido un delito, pero la manipulación y la mentira parecen ser su peor forma de defensa. Ya no se le puede pedir que espere unos días a que se esclarezca todo. Ahora solo cabe esperar su renuncia.

¿Su destitución? Solo es posible por el CNM (suspendido), acusación constitucional (proceso de meses en el Congreso donde lo apoya el fujimorismo y el Apra) o por la Junta de Fiscales Supremos, donde con el suyo tiene 3 votos de cinco. Los otros dos fiscales supremos que lo apoyan tienen graves problemas también. Si no renuncia voluntariamente, no hay salidas. Pero, por ahora, otros poderes del Estado pueden desconocer su juramento.

Si aparece un audio donde existe delito, es posible que se pida contra él una  medida restrictiva de la libertad (como hace rato debe hacerse con  César Hinostroza Pariachi), pero será poco probable. Juez no come juez. Fiscal no come fiscal.

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