Rosa María Palacios

Un blog de política independiente

18 Mayo, 2015

La corrupción nuestra de Cada Día: El Caso de Aurelio Pastor

Este es un caso, como mucho otros, de corrupción privada. No se acusa al ex Ministro de Justicia y ex Congresista por algún delito cometido en el ejercicio de su función pública. Por el contrario, los hechos que se le imputan se realizan dentro de su práctica privada como abogado, retirado ya del servicio al Estado.

Como ya es conocido, la Alcadesa de Tocache recurrió a sus servicios profesionales y a partir de la segunda cita grabó las conversaciones con su abogado puesto que ella argumenta que éste le proponía actuar de forma ilícita. En los audios, efectivamente, el abogado hace gala de sus amistades y contactos y los ofrece para resolver los problemas de la Alcaldesa.

Hay dos puntos en controversia en este caso.

Primero. ¿Esto es el mero ejercicio de la actividad profesional? ¿Es éticamente reprobable que un abogado haga gala de sus influencias reales o simuladas, o, mas allá del reproche ético, hay delito? Dos instancias, que han analizado la conversación, encuentran que si lo hay. Supongo yo, que están en lo cierto.

Segundo. El quantum de la pena. El Código Penal permite a los jueces suspender la prisión efectiva cuando la pena impuesta sea igual o menor a 4 años. Esta facultad es potestativa pero muy habitual. Tiene lógica. La cárcel tiene como fin la resocialización. Una pena menor no tiene ese objetivo. El objetivo de una pena menor es dejar constancia del delito, pero permitir al condenado, a través de su actividad, integrarse a la sociedad no llenando las cárceles de personas que no revisten peligrosidad social.

Como es público, Aurelio Pastor no es una persona de mi simpatía personal. Creo que ha tenido, en varias ocasiones mientras tuvo algo de poder, una conducta absolutamente incorrecta conmigo, alejada de toda decencia moral. Pero, como dicen en mi pueblo “una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa”.

La pregunta que debe hacerse la Corte Suprema es la siguiente: ¿reviste el condenado peligrosidad social? ¿La pena impuesta excede o no la racionalidad jurídica que ésta debe tener? Creo que la respuesta favorece a Aurelio Pastor. Otras medidas, como la inhabilitación temporal para el ejercicio de la actividad profesional o el pago de reparación civil son mas eficaces y sirven mejor a la justicia que tener al abogado en prisión.

Ha aconsejado bien el doctor Cesar Nakasaki a su patrocinado. Presentarse a la administración de justicia le permitirá una apelación ante la Suprema que lo puede favorecer. Huir y ser prófugo de la justicia le quitaba toda posibilidad procesal de cambiar su destino.

Eso si, utilizar a políticos apristas para politizar el caso es pésimo camino. Nadie persigue políticamente a Aurelio Pastor por el ejercicio privado de su actividad. Hasta su mismo partido lo había marginado por conductas indisciplinadas como negarse a renunciar al Ministerio de Justicia cuando se lo pidió el Presidente Alan García. Como recordaran tuvo que ser cesado.

A diferencia de la conducta de Aurelio Pastor hacia mi, yo no le deseo la cárcel. Conozco de primera mano el sufrimiento familiar y se que la injusticia no se devuelve con injusticia. Espero que pueda cumplir su condena en libertad y que la Corte Suprema trate su caso con la celeridad debida. Todos tenemos familia y esta siempre es la sacrificada.

Share on FacebookShare on Google+Tweet about this on Twitter

Responder a Humberto Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *